DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04522
23 de mayo, 2011
DJ-0549-2011
Señor
Adrián Blanco
Secretario Ejecutivo
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta sobre si procede rebajar el monto de los 19 cheques
sustraídos del superávit de la Institución. Caso concreto y falta de criterio legal.
Se refiere este Despacho a su oficio S.E.187-2011 de fecha 12 de mayo de 2011, recibido en
esta Contraloría General el pasado 13 de mayo, por el cual se consulta sobre si procede rebajar del
superávit el monto correspondiente a 19 cheques sustraídos de la Tesorería de la Institución, ya que
después del reclamo al Banco, se dictó sentencia la cual indica la no recuperación de ese dinero.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo
29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre
del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del
año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General
de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa citada en
el siguiente sentido.
Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver casos
concretos1, dado que ello corresponde en estricto sentido al ámbito de responsabilidad de la
administración activa. Así la función consultiva se circunscribe a la emisión de criterios de carácter
general sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones específicas atinentes al ámbito de
decisión de la Administración.
1 Al respecto señala el artículo segundo de la circular CO-529: “La Contraloría General de la República
evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias ...
Fecha publicación: 22/05/2011
Fecha emisión: 19/05/2011
Institución: COMISION NACIONAL DE PRESTAMOS PARA EDUCACION
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO